El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta rechazó la denuncia por práctica antisindical interpuesta por Minera Spence en contra del Sindicato de Trabajadores de la compañía controlada por BHP Chile, por la celebración de una asamblea de socios y socias realizada en septiembre del 2023, tras el despido de 15 trabajadores que estaban afiliados a la organización. Según la empresa, estos hechos configurarían un ejercicio abusivo de los derechos sindicales, lo cual atenta en contra de la libertad sindical según el artículo 290 letra f) del Código del Trabajo
Minera Spence fundó su acción en que el Sindicato de Trabajadores habría efectuado una paralización ilegitima el 07 de septiembre de 2023, existiendo mala fe de la organización al utilizar la figura del artículo 184 Bis del Código del Trabajo, la que permite a los trabajadores interrumpir sus labores e incluso abandonar sus puestos de trabajo, cuando considere que continuar trabajando implica un riesgo grave e inminente para la vida y salud de los trabajadores.
Este abuso y ejercicio indebido del derecho, se habría verificado a través de la convocatoria que realizó el sindicato a sus afiliados a no presentarse a sus labores en el turno de noche del día 07 de septiembre de 2023. En definitiva, el Sindicato habría desarrollado una medida de fuerza ilegítima de paralización de funciones induciendo a los trabajadores en ello, amparándose posteriormente en el artculo184 bis ya referido.
Al respecto, Gabriela Rivas, Encargada de Comunicaciones del Sindicato Spence, indicó que tras el despido de 15 trabajadores, el Sindicato desarrolló una jornada de reflexión en el marco de una asamblea convocada de manera previa y comunicada oportunamente, con el objeto de informar, debatir y analizar colectivamente los graves acontecimientos que afectaban a nuestros afiliados y afiliadas, incluso antes de las desvinculaciones del día 07 de septiembre de ese año, y ante lo cual la sentencia es categórica al reconocer que: … “las asambleas sindicales constituyen una herramienta esencial para el ejercicio de la libertad sindical y que, en empresas alejadas de los centros urbanos y con procesos continuos, como Minera Spence, estas asambleas necesariamente deben realizarse dentro de las instalaciones de la empresa y coincidir con jornadas laborales”, por lo que no se puede imputar abuso de derecho a la citación a una reunion sindical”, según lo señala textual la determinación del Juzgado del Trabajo..
“En línea con lo anterior, el Juez del Trabajo rechazó la pretensión de la empresa de transformar una actividad sindical legítima como es la de reunirse colectivamente, en una conducta ilícita, reafirmando que las organizaciones sindicales tienen el derecho y el deber de reunirse, informar a sus bases y adoptar decisiones respecto de los asuntos que afectan a sus representados”, agregó la dirigente del Sindicato Spence.
A su vez, la sentencia agrega que “frente a la colisión del derecho a la libertad sindical con el de la empresa a ejecutar sus faenas de la manera que estime conveniente, debe preferirse el primero de ellos, dado el principio protector del derecho del trabajo”.
“La sentencia obtenida por nuestro Sindicato, se encuentra en plena sintonía con los principios internacionales, que reafirman que la libertad sindical, la organización de los trabajadores, la deliberación colectiva y la defensa de los derechos laborales son pilares esenciales de una sociedad democrática, sin perjuicio que la sentencia se encuentra pendiente del recurso de nulidad que puede presentar Minera Spence, en la Corte de Apelaciones de Antofagasta”, explicó la Encargada de Comunicaciones del Sindicato Spence,
“Lamentablemente, esta fallida denuncia de Minera Spence, se suma a otras acciones que nuestra organización interpreta como intentos de judicializar la actividad sindical y generar un efecto intimidatorio sobre quienes ejercen legítimamente la representación de los trabajadores, ante lo cual , reiteramos que no renunciaremos a nuestras obligaciones ni permitiremos que el miedo sustituya la participación y la organización colectiva”, finalizó Gabriela Rivas, Encargada de Comunicaciones del Sindicato Spence.